
1 de octubre día importante para la industria alimentaria mexicana: entran en vigor las modificaciones para etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, de acuerdo con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010
El pasado 27 de marzo de 2020, la secretaría de economía publicó la versión definitiva de la modificación a la Norma Oficial Mexicana de Etiquetado de Alimentos y Bebidas no alcohólicas preenvasadas. Esta modificación cumple con la reforma a la Ley General de Salud publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2019.
En una publicación realizada por UNICEF México se hizo mención que este nuevo etiquetado será unos de los mejores del mundo por su claridad, sencillez, y la información que ofrecerá sobre el exceso de nutrientes que contribuyen al sobrepeso y la obesidad.
¿En qué consisten estas modificaciones?
Entre lo más importante podemos señalar que habrá 5 sellos de advertencia que se aplicarán dependiendo del contenido nutrimental de cada producto:
Por otro lado, también habrá leyendas de advertencia relacionadas con el contenido de cafeína o edulcorantes, los cuales no son recomendables en niños.
La fecha de entrada en vigor de esta nueva reglamentación consta de 3 etapas. La primera de ellas inicia el 01 de octubre de 2020 con la aplicación de los sellos de advertencia y leyendas sobre cafeína y edulcorantes.
Se permitirá a los responsables de los alimentos y bebidas preenvasadas utilizar adhesivos sobre sus empaques actuales para cumplir con estas modificaciones hasta el 31 de marzo de 2021.
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